La Generación del 98, uno de los movimientos más importantes en la historia de la Literatura Española, reúne a narradores, poetas y ensayistas nacidos entre 1864 y 1876, quienes se vieron afectados por la crisis económica, moral y política que sufrió España luego de la pérdida de sus últimas colonias -Cuba, Puerto Rico y Filipinas- frente a los Estados Unidos. Entre sus filas podemos encontrar a Pío Baroja, Jacinto Benavente, los Hermanos Manuel y Antonio Machado, entre otros.
Al hablar de dicha generación es imposible dejar de lado el aporte de Miguel de Unamuno, filósofo y poeta nacido en Bilbao en 1864 y que falleció en Salamanca en 1936. Destacó en diversos géneros como el drama, la poesía, el ensayo y la narrativa. Muchos lo recuerdan por la novela Niebla, a través de la cual busca romper el esquema de la novela tradicional presentando un nuevo modelo de narrativa llamada nívola. Pero en mi mente el nombre de Unamuno va unido al de la historia de La Tía Tula (1907) (pueden leerla aquí).
Unamuno retrata con maestría la sociedad española de la época y su idiosincrasia, presentando la historia de Gertrudis, una mujer que busca satisfacer sus deseos de maternidad, haciéndose cargo de sus sobrinos luego de la muerte de su hermana, dejando de lado su propio ser y sacrificándose al punto de rechazar las propuestas matrimoniales del padre viudo, pese al amor que siente por él.
Tal vez una de las escenas más frescas en mi mente es aquella en la que el autor presenta el milagro que se produce cuando Gertrudis, llamada Tula cariñosamente, luego de ofrecer a su pequeño sobrino recién nacido uno de su pechos para alimentarlo, logra que el bebe extraiga gotas de leche de su seno, pese a que ella no había sido madre nunca. El recuerdo de esa escena produce en mi un sentimiento increíble, no sólo por lo conmovedor de la imagen sino por la sensación de sufrimiento que pueden experimentar aquellas madres que no logran alimentar a sus bebes con leche materna y recurren a otras alternativas.
En el Perú, la alimentación infantil, sobre todo en los primeros veinticuatro meses de vida del recién nacido, es una de las principales preocupaciones del Estado, por lo que, a través del Reglamento de Alimentación Infantil, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009- 2006-SA, se buscó lograr una eficiente atención y cuidado de los niños y niñas, a través de la promoción, difusión, protección y apoyo de la lactancia, así como asegurar el uso correcto de productos que reemplazan a la leche materna.
De esta manera, el citado decreto supremo define una serie de obligaciones para entidades del estado como el Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social [1] y Ministerio de Educación, gobiernos locales y regionales, a quienes se les impone la obligación de desarrollar actividades de promoción de la lactancia materna así como estudios, monitoreos y análisis correspondientes.
En lo que respecta a protección al consumidor, la norma encarga al INDECOPI el cumplimiento del reglamento en materia de publicidad de los sucedáneos de la leche materna [2], así como lo referido al rotulado que debe consignarse en estos productos, a fin de proteger a los consumidores mediante información clara, transparente y oportuna [3].
La regulación define el contenido del rotulado de los citados productos. La norma exige, entre otros aspectos, que se consigne en el envase el mensaje: Atención: La leche materna es el mejor alimento para el lactante. Asimismo, se prohíbe el uso de imágenes de niños o niñas, que idealicen el producto o generen confusión de sus características, o frases como Leche Humanizada o Leche Maternizada. Todo ello con la finalidad de lograr disuadir al consumidor del empleo de estas sustancias en reemplazo de la leche materna.
No discrepo en lo absoluto con la idea de la preeminencia de la leche materna frente a otros productos que son utilizados como sustitutos, pero me pregunto si el reglamento logra la finalidad que persigue. ¿Realmente se logra promover la lactancia materna con dicho reglamento? Y como consumidores, ¿estamos realmente informados sobre este tipo de productos?
Como consumidora y madre de una bebe de tres meses, tuve la suerte de ser atendida en una clínica donde, en todo momento, se me ayudó a iniciar la lactancia materna. No solo los médicos sino también las enfermeras y el personal auxiliar colaboraron conmigo en esta nueva etapa, pero en definitiva la decisión es muy personal y no me hizo falta leer en las latas de fórmula el aviso que mencionamos líneas arriba. Tampoco ha sido necesario tener charlas y reuniones donde se hable de las bondades de la leche materna o sobre el tipo de alimentación que debía tener yo para poder, a su vez, alimentar a mi bebe. Sin embargo, mi historia no es la misma que viven otras madres de familia.
Leí hace unos días las opiniones vertidas en un conocido blog sobre este tema y no pude evitar sentirme identificada con lo que ahí se señalaba, así como con algunos comentarios que suscitó el tema. En definitiva el reglamento de alimentación infantil parece ser una de tantas normas bien intencionadas, pero que, a la larga, no logran el máximo beneficio para la sociedad. Pensemos en aquella madre que tiene más de un hijo y no logra dedicarse a tiempo completo a la lactancia. Negarle la posibilidad de acceder a un producto como los sucedáneos de leche materna reduce el bienestar no sólo del bebe sino de los otros niños.
Soy pro lactancia materna al cien por ciento, aunque eso representa sangre, sudor y lágrimas, pero no creo que la mejor forma de promoverla sea la prohibición del uso de otros productos o la satanización de los mismos. Esta posición trae como consecuencia escasa información en el mercado sobre los sucedáneos, perjudicando al consumidor al no permitirle elegir de forma adecuada.
El tema va más allá de campañas de promoción y educación, de prohibiciones respecto de la publicidad o exigencias de información en el rotulado. Ninguna de estas acciones podrá tener resultados si, por ejemplo, la madre que amamanta a su pequeño tiene posibilidad de quedarse al lado del bebe sólo 90 días, si se cuenta con una hora de llamada “lactancia” pero sin posibilidad de flexibilizar sus horarios en función de las necesidades del niño; o si los pagos de subvención son recibidos por la madre luego de un par de meses de iniciada la licencia por maternidad obligándola a buscar ingresos que puedan cubrir sus necesidades en ese periodo.
Si lo que buscamos es lograr una alimentación adecuada de los niños y niñas en el país, es necesario un cambio de estrategia, virando hacia la implementación de mayores y mejores canales de información para adoptar las mejores decisiones. Los consumidores necesitamos más que una frase en el rotulado. Los consumidores necesitamos más y más información.
Evelyn Chumacero, setiembre de 2013
Referencias:
[1] En la actualidad, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: http://www.mimp.gob.pe/
[2] De acuerdo al Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna- OMS/UNICEF, 1981, se llama sucedáneo de leche materna a todo alimento comercializado o de otro modo presentado como sustituto parcial o total de la leche materna, sea o no sea adecuado para este fin.
[3] Sobre este punto es importante recordar que la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en su Artículo 10º dispone que los productos envasados puestos a disposición de los consumidores deben cumplir con las normas de rotulado del sector correspondiente. Así, en el caso de los sucedáneos de leche materna, la norma de rotulado a tener en cuenta será el Reglamento de Alimentación Infantil, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 009-2006-SA.
Fotografía del post tomada de aquí.
Esta entrada es parte del blog "Del Consumo y otros demonios" a cargo de Evelyn Chumacero.
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