El día de hoy, 17 de septiembre de 2014, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 30237, Ley que Deroga el Aporte Obligatorio de los Trabajadores Independientes.
De acuerdo a dicha ley, quedan derogados los artículos 8° y 9° de la Ley N° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y, en consecuencia, se restablecen los aportes libres y voluntarios de los trabajadores independientes.
Asimismo, se modifica el artículo 33° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-97-EF y se señala que el trabajador independiente podrá afiliarse, voluntariamente, al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP).
Finalmente, debe indicarse que los montos cobrados a los trabajadores independientes, en virtud de la norma derogada, podrán ser devueltos o considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión, a elección.
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